El peronista de doble vestuario
Aníbal Fernández, el triple crimen y Alberto Nisman: anatomía minarquista de dos impunidades argentinas
Por Ignacio Uriel Galetto Rodriguez
“Una causa como el triple crimen, prescripta por inacción, es un certificado de defunción del Estado de Derecho argentino.”
PARTE 1
Aníbal Fernández, el triple crimen de General Rodríguez y la anatomía judicial de una impunidad
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La mutación que se viste y se desviste
Hay una observación que cualquier argentino con algunas canas y memoria política puede confirmar: los peronistas, fuera del poder, se ponen camisa y corbata. Se peinan, se afeitan, se moderan en el verbo, citan la Constitución, hablan de diálogo, evocan a Belgrano, recuerdan el consenso, ensayan el gesto del estadista. Son, fuera del cargo, una galería de señores de ley, prolijos, mesurados, casi alfonsinistas. Cuando vuelven al sillón, en cambio, ocurre la mutación: se desabotonan, se sacan la corbata, se calzan la visera, se ponen el polo arremangado, y reaparece el dedo amenazante, la prepotencia del que tiene el sello, la épica del atropello institucional. La camisa formal era una vestimenta de tránsito; la verdadera ropa de trabajo es la visera del barrabrava.
Esta dualidad no es una observación estética ni una caricatura de tertulia. Es un dato sociológico y, sobre todo, un dato institucional. Y el caso paradigmático para entenderla es el de Aníbal Domingo Fernández.
Lo escuché hace pocos días en una entrevista con Pedro Rosemblat y Nico Guthmann para El Puente, el ciclo de Gelatina. Aníbal, hoy fuera del poder, hablaba con la cadencia del estadista. Llamaba al diálogo. Decía que, como peronista, dejaría atrás lo hecho por Milei y “miraría para adelante”. Una pieza de tono mesurado, casi conciliador. Quien no conociera al personaje, podría haber pensado que estaba escuchando a un dirigente republicano con vocación de unidad nacional. Quien sí lo conoce —es decir, quien tiene el pelo entrecano y la memoria larga— sabe que esa es una versión doméstica, mansa, de un hombre que durante años fue otra cosa muy distinta.
La frase que él mismo se atribuye con orgullo lo retrata mejor que cualquier semblanza: “Yo el mate no me lo tomo ni frío ni tibio. Me lo tomo caliente”. Aníbal Fernández, cuando tuvo el poder, no se lo tomó tibio. Lo tomó caliente. Y dejó quemaduras institucionales que la Argentina sigue cargando.
Este ensayo no es una requisitoria penal. Soy estudiante de Derecho, no juez, y no me corresponde dictar sentencia donde los tribunales no la dictaron. Lo que sí me corresponde
—como ciudadano, y como alguien que cree, desde el liberalismo clásico y el minarquismo, que el Estado debe ser mínimo pero fuerte donde tiene que serlo— es señalar el escándalo institucional que rodeó al caso, las decisiones procesales concretas que se tomaron y se dejaron de tomar, las pruebas que se incorporaron y las que nunca se buscaron, y la liviandad con la que hoy aceptamos que un protagonista de esa trama vuelva al micrófono a darnos clases de república.
Porque el problema no es solamente Aníbal Fernández. El problema es el Estado argentino que produce, ampara y devuelve al estrado a personajes como Aníbal Fernández.
Qué dice el expediente: la causa del triple crimen, paso a paso
Antes de discutir cualquier interpretación política, conviene ordenar los hechos tal como quedaron asentados judicialmente. No la versión periodística, no la versión partidaria: lo que está escrito en el expediente y en las sentencias firmes.
El hecho. El 7 de agosto de 2008, alrededor de las 14:20, Sebastián Forza (34), Damián Ferrón (37) y Leopoldo Bina (35) acudieron a una reunión en el hipermercado Walmart de Sarandí. La cita —según se reconstruyó por el rastreo de los celulares de víctimas e imputados— estaba vinculada con la venta ilegal de efedrina. Desde el supermercado, los tres empresarios farmacéuticos fueron llevados, bajo engaño, hasta una casa ubicada en Videla 631, en Quilmes. La casa pertenecía a Cristian Lanatta. Allí, según probó la justicia, fueron asesinados.
El método. A las tres víctimas las hicieron arrodillarse, las ataron de pies y manos con precintos plásticos, y las ejecutaron por la espalda con dieciséis disparos en total: ocho contra Forza, cuatro contra Ferrón y cuatro contra Bina. Los tiros se dispararon con dos armas distintas, una de ellas una Taurus calibre 9 milímetros perteneciente al propio Forza, y la otra una Tanfoglio calibre .40. A Forza, antes de matarlo, lo obligaron a consumir cocaína. A Bina, como evidente mensaje mafioso, le amputaron una oreja en vida o post mortem. Los cuerpos fueron conservados en frío —probablemente en un freezer— durante seis días, hasta que el 13 de agosto fueron arrojados a un zanjón a la vera de un camino vecinal en el partido de General Rodríguez, sobre la ruta hacia Navarro. Para desviar la investigación, los homicidas hicieron “plantar” llamadas con los teléfonos de las víctimas en el recorrido de la Autopista del Oeste, intentando que el foco geográfico de la pesquisa se moviera lejos de Quilmes.
El móvil. La sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Mercedes, dictada el 20 de diciembre de 2012 por los jueces Fernando Bustos Berrondo, Marco Tomás Estanislao Barski y María Graciela Larroque, dio por probado que el móvil de los homicidios fue comercial: las víctimas pretendían entrar al negocio del tráfico ilegal de efedrina a los carteles mexicanos, lo cual entraba en colisión con el negocio que conducían los Lanatta y, principalmente, su socio financista Ibar Esteban Pérez Corradi. En palabras textuales del fallo: “Pérez Corradi se vio tan perturbado porque le estaban quitando el negocio que anunció a los cuatro vientos que mandaría a matar a Forza, con quien además estaba enemistado porque éste no le había pagado lo que le debía, como consecuencia de la financiación que le hizo a su droguería”.
La condena. Los fiscales del caso, Marcela Falabella y Juan Ignacio Bidone, pidieron prisión perpetua para los cuatro imputados. El tribunal los condenó como partícipes primarios del delito de “privación ilegal de la libertad agravada en concurso real con homicidio agravado por ensañamiento, alevosía y por la participación de más de dos personas”. Los condenados fueron los hermanos Martín Lanatta (38 años en ese momento) y Cristian Lanatta (37), y los hermanos Víctor Schillaci (30) y Marcelo Schillaci (31). El único de los cuatro que llegó al juicio detenido era Martín Lanatta; Cristian estaba con arresto domiciliario, y los Schillaci permanecían excarcelados. Tras la lectura del fallo, todos quedaron detenidos en el acto.
La confirmación. El 29 de noviembre de 2013, la Sala III del Tribunal de Casación bonaerense, con la firma de los camaristas Ricardo Borinski y Víctor Violini, rechazó los recursos de la defensa y confirmó las condenas de primera instancia. En el mismo fallo, los camaristas le pidieron a la Justicia de Garantías de Mercedes que reiterara la orden de captura nacional e internacional contra Ibar Pérez Corradi, que para entonces ya estaba prófugo.
El autor intelectual. El fallo de Mercedes señaló a Pérez Corradi como el instigador del crimen, el financista del negocio de la efedrina, y la persona que habría dado la orden de eliminar a las víctimas. Pero Pérez Corradi no había sido capturado: estaba fugado desde el inicio de la investigación. Permaneció prófugo casi ocho años, hasta el 19 de junio de 2016, cuando finalmente fue detenido en la triple frontera de Paraguay y extraditado a la Argentina. En noviembre de 2018, fue condenado a siete años de prisión por traficar 1.900 kilos de efedrina a narcotraficantes internacionales. Pero —y esto es central— en la causa específica por el triple crimen, la jueza federal María Romilda Servini de Cubría le dictó la falta de mérito en dos oportunidades: primero en diciembre de 2016 y luego en abril de 2021.
Es decir: el hombre señalado por la sentencia firme del juicio oral como el autor intelectual de los homicidios, una vez capturado, no fue alcanzado por una imputación firme en esa misma causa. Para una conciencia mínimamente exigente con el funcionamiento de la justicia, eso ya constituye, en sí mismo, una falla.
La reconstrucción periodística clave. Antes incluso de que se dictara la sentencia del Tribunal Oral de Mercedes, los periodistas Emilia Delfino y Rodrigo Alegre publicaron en 2011 el libro La Ejecución, editado por Editorial Sudamericana, fruto de más de tres años de investigación sobre el caso. La obra —que sigue siendo la reconstrucción narrativa más completa del triple crimen— no se limitó a relatar los hechos del 7 de agosto de 2008: rastreó el entramado completo del negocio detrás del crimen, las conexiones políticas, las complicidades policiales y, fundamentalmente, el dato que cambiaría la magnitud del caso: la dimensión industrial que había alcanzado el ingreso de efedrina al país durante el kirchnerismo. Es importante mencionarlo desde el inicio, porque buena parte de lo que la justicia trabajó después —y muy especialmente la pieza del informe de PPT de 2015— se apoyó en la investigación previa que Delfino y Alegre habían sistematizado. Rodrigo Alegre, además, fue uno de los productores del informe televisivo de Lanata, lo cual da una continuidad investigativa de más de seis años entre el libro y el programa.
La hipótesis del “apoyo institucional” y el agujero negro de la investigación
Hay un párrafo en la sentencia del Tribunal Oral Nº 2 de Mercedes que merece ser leído con detenimiento, porque allí está enunciada explícitamente la pregunta que la justicia argentina nunca terminó de responder.
El tribunal estableció, como parte de la hipótesis fáctica del caso, la existencia de un “apoyo institucional” detrás de los homicidas. La razón era de pura lógica: para retener a tres víctimas durante seis días, asesinarlas, conservar sus cuerpos en frío, trasladarlos y depositarlos en un descampado a varios kilómetros del lugar del crimen, los autores materiales necesitaban —en palabras del propio fallo— “capacidad económica” e infraestructura logística. La hipótesis del tribunal era que esa capacidad provenía de un entramado mayor, con conexiones policiales, de inteligencia y posiblemente políticas. No era un crimen artesanal. Era un crimen con red detrás.
Sin embargo, el juicio oral solamente alcanzó a los partícipes primarios. La pregunta de quiénes integraban esa red, quién aportaba la infraestructura, quién garantizaba la cobertura, quién pagaba, quién amparaba, nunca fue judicialmente respondida. La investigación se desdobló: la causa de los autores materiales quedó cerrada con las condenas de 2012-2013, mientras que la “ruta de la efedrina” siguió como expediente paralelo, primero en manos del fiscal Bidone en Mercedes, y desde febrero de 2016 en el juzgado federal de la jueza Servini de Cubría, en Comodoro Py, donde se investigaban a varios ex funcionarios de la administración kirchnerista por la liberación discrecional de la importación de efedrina entre 2006 y 2008.
Acá ya empieza a aparecer una decisión procesal cuestionable: el desdoblamiento. Investigar a los autores materiales por un lado y al entramado político por otro tiene cierta lógica funcional, pero también tiene un efecto previsible: rompe el hilo causal, evita la confrontación cruzada de testimonios, y permite que cada pieza del expediente vaya prescribiendo o cerrándose por separado. Es exactamente lo que terminó ocurriendo.
El dato escandaloso que destapó La Ejecución: cuarenta y ocho toneladas
El libro de Delfino y Alegre no es solamente una reconstrucción periodística del crimen. Es, sobre todo, la documentación de un dato que por sí solo debería haber producido una crisis institucional en cualquier república funcional, y que en la Argentina pasó casi inadvertido: el volumen de efedrina que ingresó al país durante el período en que Aníbal Fernández conducía sucesivamente el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y Seguridad y, después, la Jefatura de Gabinete.
Entre los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner, con la campaña electoral de 2007 atravesando el medio, el Poder Ejecutivo autorizó el ingreso al país de aproximadamente 48 toneladas de efedrina. El dato es asombroso por una razón muy simple: el mercado farmacéutico local, según los propios datos oficiales, requería para sus usos legítimos aproximadamente 200 kilos al año. Es decir, en el período en que se decidió liberar la importación, ingresó al país una cantidad equivalente a 240 años del consumo legal estimado.
Para una mente entrenada en el análisis económico básico, ese dato no admite interpretación benigna. La única explicación posible para que una sustancia entre en
cantidades cientos de veces superiores a su demanda legítima es que existe una demanda ilegítima. Y la única demanda ilegítima conocida para la efedrina es la fabricación de metanfetaminas, que en aquellos años los carteles mexicanos —en particular, el de Sinaloa— estaban produciendo a escala industrial para abastecer al mercado estadounidense. La Argentina, en virtud de esas autorizaciones administrativas, se había convertido durante 2006-2008 en el segundo exportador mundial de efedrina después de China. No por desarrollo industrial ni por excelencia técnica: por permisividad regulatoria.
La pregunta minarquista es obligada: ¿por qué un Estado autoriza, de un año al siguiente, el ingreso de una sustancia controlada en cantidades trescientas veces superiores a su demanda histórica conocida? La respuesta tiene dos componentes que no se excluyen mutuamente. El primero es ideológico: el kirchnerismo tenía una desconfianza estructural hacia los controles regulatorios, particularmente cuando esos controles habían sido instrumentados durante gobiernos previos o por organismos vistos como adversarios. El segundo es venal: la regulación discrecional del Estado, donde un funcionario individual puede liberar o no liberar una importación con una firma, es el caldo de cultivo perfecto para el rent-seeking. Cuando una sola firma decide quién entra al negocio de la efedrina y quién no, el valor de esa firma se vuelve astronómico. Y los aspirantes a obtenerla pagan, en una u otra modalidad, lo que sea necesario.
Conviene anotar también que en 2010, el propio Aníbal Fernández, todavía como jefe de Gabinete, admitió públicamente ante una pregunta directa que “puede haber habido” aportes monetarios de la llamada “mafia de los medicamentos” a la campaña presidencial de Cristina Fernández. Negó que esos aportes provinieran de la persona puntual sobre la que se le había preguntado, pero abrió la puerta —en sus propias palabras— a que existieran “en otro caso”. La frase, en términos políticos, fue una bomba que el sistema mediático argentino procesó con sorprendente normalidad. Que un jefe de Gabinete admita públicamente la posibilidad de aportes de campaña provenientes de una “mafia” investigada por la justicia federal sería, en cualquier república seria, motivo de renuncia inmediata y de comisión investigadora parlamentaria. En la Argentina, fue una declaración más, archivada al día siguiente.
Aquí está, expuesta con números crudos, la patología que el minarquismo viene denunciando desde Hayek y Friedman hasta Buchanan y Tullock: cuando el Estado tiene poder discrecional para autorizar lo que el mercado por sí solo no autorizaría, ese poder se vende. Y se vende caro. La efedrina kirchnerista no fue un descuido regulatorio: fue, en términos de Public Choice, un mercado político en pleno funcionamiento. Los homicidios de Forza, Ferrón y Bina —tres empresarios que pretendían entrar a un negocio del que estaban excluidos— no fueron un accidente; fueron la consecuencia previsible de la lógica del entramado. Cuando el Estado decide quién tiene derecho a participar en un mercado ilegítimo, los que quedan afuera del privilegio son enemigos de los que están adentro. Y los enemigos, en el mundo de los carteles mexicanos y sus contactos locales, no se despiden con una carta documento: se despiden con dieciséis tiros por la espalda en una casa de Quilmes.
El libro de Delfino y Alegre tiene, en este punto, un valor que excede al caso particular: documenta, con nombres, fechas y resoluciones administrativas, cómo un Estado expansivo, regulador y discrecional creó las condiciones materiales para que un triple homicidio mafioso ocurriera bajo su jurisdicción y, peor aún, bajo sus auspicios. No es una conclusión política partidaria: es una conclusión institucional, derivable de cualquier marco teórico que entienda los incentivos que el poder estatal genera cuando se vuelve incontrolable.
“La Morsa”: cómo entra el apodo al expediente
El nombre “La Morsa” no apareció en el expediente por una operación periodística. Apareció en sede judicial, en el juicio oral, por boca de la viuda de una de las víctimas. Conviene precisar esto porque buena parte del debate posterior intentó presentar el apodo como una invención mediática, y eso no es exacto.
Solange Bellone, viuda de Sebastián Forza, declaró como testigo en el debate oral de 2012 ante el Tribunal de Mercedes. En esa declaración, contó que su marido, en los meses previos a su muerte, le había dicho que pagaba protección a un personaje al que apodaban “La Morsa”, un hombre “que tenía bigote”. Forza, según el testimonio de su esposa, le habría dicho: “Arreglé para que no me molesten más, le pagué a alguien una plata para estar más tranquilo”. El monto del pago: 250.000 dólares.
Ese testimonio quedó incorporado al expediente del juicio oral. No fue desmentido. No fue impugnado. Pero el tribunal no avanzó sobre la identidad de “La Morsa” en su sentencia, porque ese personaje no estaba imputado: el juicio era contra los Lanatta y los Schillaci como partícipes primarios. La identificación de “La Morsa” quedó como una piedra en el camino, una pregunta abierta del expediente, una pieza suelta que ningún tribunal terminó nunca de encajar.
Acá hay otra decisión procesal relevante: el tribunal de Mercedes podría haber pedido el desdoblamiento explícito de esa pieza para que un juez de instrucción investigara la identidad de “La Morsa”. No lo hizo, o no con la firmeza que el caso ameritaba. La pieza quedó flotando, esperando que alguien la levantara. Quienes la levantaron, siete años después, fueron periodistas, no jueces.
El informe de PPT del 2 de agosto de 2015: pruebas, errores y consecuencias
El domingo 2 de agosto de 2015, a una semana de las elecciones PASO en las que Aníbal Fernández competía como precandidato a gobernador bonaerense por el Frente para la Victoria, Jorge Lanata emitió en Periodismo Para Todos, por Canal 13, el informe que volvería a poner “La Morsa” en el centro de la escena pública. El programa, además, incluyó testimonios que la justicia nunca había escuchado hasta ese momento.
Los dos testimonios centrales. El primero, el de Martín Lanatta, condenado a prisión perpetua por el triple crimen, hablando desde la cárcel. Lanatta dijo que conocía a Aníbal
Fernández desde 1995, cuando tenía un taller mecánico al lado del domicilio del entonces funcionario en Quilmes. Sostuvo que después había entrado a trabajar al Registro Nacional de Armas (RENAR), que dependía del Ministerio de Justicia conducido por Fernández, bajo las órdenes de un funcionario llamado Andrés Meiszner (ex director del RENAR e hijo de un ex presidente del club Quilmes), a quien presentó como el operador que recaudaba para Aníbal en los “negocios paralelos” del organismo. Lanatta dijo haberle presentado a Forza con Fernández, y dijo que el entonces ministro le habría respondido: “Para sentarse a hablar conmigo tiene que poner 250.000 dólares”. Lanatta afirmó que él mismo retiró el dinero de la casa de Forza y se lo llevó a Fernández en el Departamento Central de Policía. Y sostuvo, textualmente: “El negocio del tráfico de efedrina se lo queda él con la gente de inteligencia. Forza llegó a ser un estorbo”.
El segundo testimonio fue el del ex policía José Luis Salerno, ex socio de Ferrón en una farmacia. Salerno dijo que el financista Pérez Corradi, durante el período en que ambos negociaban efedrina, le había mencionado a un personaje apodado “La Morsa” como parte del entramado superior del negocio. Salerno afirmó que, ante su pregunta, Pérez Corradi le había contestado que “La Morsa” era Aníbal Fernández.
El contexto de grabación. Hubo un detalle relevante que el propio Aníbal Fernández denunció al día siguiente y que la Coalición Cívica confirmó: la entrevista a Salerno fue grabada en el domicilio particular de la entonces diputada Elisa Carrió, en presencia de un escribano público que dejó acta notarial del procedimiento. El diputado Fernando Sánchez, compañero de bancada de Carrió, justificó la elección del lugar diciendo que era “el lugar más seguro para quien estaba brindando testimonio y para quien estaba recibiendo el testimonio, en calidad de funcionario federal”. Para el Frente para la Victoria, eso era prueba de “operación política”. Para la Coalición Cívica, era resguardo procesal de un testigo amenazado. Ambos argumentos tenían algo de razón y algo de utilidad partidaria.
La reacción inmediata de Aníbal. Antes incluso de la emisión del programa, Aníbal Fernández denunció a Lanata por extorsión, exhibió en Twitter un supuesto correo electrónico de un tal “Capitán Nemo” que habría ofrecido modificar partes del informe a cambio de algo, y desplegó toda su artillería retórica: calificó a Lanata como “otario”, a los testigos como “cachivaches”, al programa entero como “operación política”. El 3 de agosto amplió la denuncia y sumó a Carrió y a Lanatta entre los acusados por asociación ilícita, intimidación pública y apología del delito.
La ratificación judicial. Lo que muchas veces se omite en los relatos partidarios del caso es que Martín Lanatta no se quedó solamente con la entrevista televisiva: ratificó sus dichos ante la justicia. El 4 de agosto de 2015, dos días después del programa, declaró como testigo en Comodoro Py 2002, primero ante el fiscal federal Gerardo Pollicita —en el marco de una denuncia presentada por Carrió— y después ante la jueza María Servini de Cubría, en la causa principal de la efedrina. Confirmó bajo juramento las acusaciones contra Aníbal Fernández, ratificó que conocía al ex jefe de Gabinete desde 1995, que se había reunido varias veces con él, y reiteró que el negocio de la efedrina se lo manejaba “La Morsa” con un agente de inteligencia llamado Máximo.
El testimonio que se debilitó. Salerno, en cambio, ante la justicia matizó significativamente lo que había dicho ante las cámaras. Sostuvo que la atribución de “La Morsa” a Aníbal Fernández provenía exclusivamente de los dichos de Pérez Corradi, y que él personalmente no tenía elementos propios para confirmarlo. Esa retracción parcial fue uno de los argumentos centrales que el kirchnerismo usó —no sin razón formal— para desactivar la imputación.
Las consecuencias procesales inmediatas. La denuncia por extorsión que Aníbal Fernández presentó contra Lanata, Carrió y Lanatta fue tramitada inicialmente y terminó archivada por falta de elementos. La causa por el triple crimen, en cambio, siguió su rumbo: la pieza que apuntaba a “La Morsa” quedó incorporada al expediente de la ruta de la efedrina en manos de Servini de Cubría, donde —como veremos— se diluyó por una combinación de tiempos procesales lentos, desplazamientos de competencia, y la posterior aparición de la causa D’Alessio, que la contaminó retroactivamente.
Errores judiciales en serie: el catálogo
Es imposible cubrir en este ensayo la totalidad del expediente, pero conviene enumerar, con la mayor precisión posible, las decisiones procesales que —por acción o por omisión—hicieron que la causa terminara como terminó: prescripta, sin autor intelectual condenado, sin “La Morsa” identificada, y con un campo abierto para que la verdad judicial nunca se cerrara.
Primero: el desdoblamiento de la causa. Como ya señalé, separar el juicio contra los autores materiales del expediente sobre el entramado mayor permitió que las piezas se cerraran o se durmieran por separado. Los Lanatta y los Schillaci fueron condenados. Pérez Corradi terminó condenado por la efedrina, pero no por el triple crimen. Y la pieza sobre los “apoyos institucionales” mencionados por el propio fallo de Mercedes nunca tuvo un juicio oral propio.
Segundo: las dos faltas de mérito a Pérez Corradi. La jueza Servini de Cubría, que tomó la pieza sobre el triple crimen tras la extradición de Pérez Corradi en 2016, le dictó falta de mérito en diciembre de ese mismo año y volvió a hacerlo en abril de 2021. Es decir: la jueza federal a cargo de investigar al señalado autor intelectual del triple crimen, según la sentencia firme del tribunal oral provincial, consideró en dos ocasiones que no había elementos suficientes para procesarlo. Para un observador ajeno al expediente es difícil entender cómo el hombre que la justicia bonaerense identificó como instigador es el mismo que la justicia federal no logra siquiera procesar. Hay una desconexión entre fueros que el sistema judicial argentino arrastra como vicio crónico.
Tercero: el manejo de los testimonios de Lanatta y Salerno. Los testimonios que estallaron en agosto de 2015 nunca fueron sometidos a una corroboración independiente sistemática. La defensa de Aníbal Fernández, con razón formal, planteó dos objeciones consistentes: (a) Lanatta ya había sido condenado y podía estar buscando beneficios procesales o, peor, motivado por presiones externas; (b) Salerno se había desdicho
parcialmente. Pero la justicia no avanzó en lo que sí podía hacerse: rastrear los registros del RENAR para verificar la presencia de Lanatta en ese organismo bajo la gestión de Fernández, citar a Andrés Meiszner para que ratificara o desmintiera su supuesto rol como recaudador, examinar los movimientos financieros del entorno de Forza para corroborar o descartar el pago de los 250.000 dólares, citar a la viuda de Forza —Solange Bellone— para que ampliara su testimonio judicial original sobre “La Morsa”. Buena parte de esas medidas, o no se tomaron, o se tomaron tarde, o se tomaron sin la profundidad necesaria.
Cuarto: la fuga de los condenados en diciembre de 2015. El 26 de diciembre de 2015, pocos días después de que Mauricio Macri asumiera la presidencia, los hermanos Martín y Cristian Lanatta y Víctor Schillaci se fugaron del penal de máxima seguridad de General Alvear. Una fuga “espectacular”, con limado de rejas, ocultamiento del trabajo con cal, posesión de tres celulares dentro de la celda, y ayuda comprobada de personal penitenciario. El propio Martín Lanatta declaró posteriormente, en el juicio que se les hizo por la evasión, que había contado con la complicidad de agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense. Los tres fueron recapturados el 11 de enero de 2016 en la localidad santafesina de Helvecia, pero la fuga, en sí misma, fue una de las evidencias más elocuentes del nivel de penetración del entramado mafioso en las instituciones públicas. Tres condenados por triple homicidio agravado, que habían dado testimonios explosivos sobre el jefe de Gabinete de la Nación, lograron escaparse de un penal de máxima seguridad pocos días después del cambio de gobierno. Para un minarquista, eso es un certificado clínico del fracaso de la principal función indelegable del Estado: el monopolio efectivo de la fuerza y la custodia de los condenados.
Quinto: la causa D’Alessio y la contaminación retroactiva. En 2019, el juez federal Alejo Ramos Padilla, en Dolores, abrió la causa contra el falso abogado Marcelo D’Alessio por una asociación ilícita paraestatal dedicada al espionaje ilegal, la extorsión y el armado de causas judiciales. Una de las operaciones que Ramos Padilla identificó —y de las que más voy a hablar en la sección siguiente— fue específicamente dirigida a involucrar a Aníbal Fernández en el triple crimen y la ruta de la efedrina. La existencia comprobada de esa operación tuvo un efecto procesal devastador: contaminó retroactivamente cualquier prueba que apuntara a Aníbal, porque ahora siempre quedaba flotando la duda de si esa prueba era genuina o había sido sembrada. Es uno de los efectos más perversos del Estado paraestatal: cuando opera, no solamente fabrica imputaciones falsas, sino que destruye además la posibilidad de procesar las imputaciones verdaderas, porque todo lo que apunta al objetivo se vuelve sospechoso.
Sexto: la prescripción. El 7 de agosto de 2023, al cumplirse quince años exactos desde los homicidios, la acción penal en la causa del triple crimen prescribió. La ley argentina establece, para este tipo de delitos, un plazo máximo de prescripción de quince años. La causa se cerró sin que el autor intelectual hubiera sido condenado por los homicidios, sin que “La Morsa” hubiera sido judicialmente identificado, sin que los apoyos institucionales mencionados en la sentencia de Mercedes hubieran sido individualizados. El reloj ganó. La inacción ganó. La burocracia judicial argentina, esa enemiga silenciosa del Estado de
Derecho, ganó.
Acá conviene hacer una observación que me parece esencial. La prescripción, como instituto jurídico, tiene un sentido legítimo: protege al imputado del riesgo de ser perseguido indefinidamente por un Estado omnipotente. En una concepción liberal del Derecho, la prescripción es una garantía. Pero esa garantía supone que el Estado, dentro del plazo legal, hace su trabajo: investiga, imputa, lleva a juicio. Cuando el Estado no hace su trabajo, la prescripción deja de ser una garantía y se vuelve un certificado de impunidad. Es exactamente lo que pasó acá. Quince años no son pocos. Quince años son una eternidad procesal. Si en quince años la justicia argentina no logró identificar al autor intelectual de un triple homicidio mafioso vinculado a un jefe de Gabinete y a un negocio narco multimillonario, el problema no es la prescripción: es la justicia.
La segunda falla: la causa D’Alessio y la operación de inteligencia
Hasta acá podríamos contar una historia épica y simple: el poderoso impune, la justicia maniatada, los condenados que se fugan, la prescripción que sepulta todo. Sería un relato cómodo, claro, indignante. Pero no sería verdadero, o al menos no sería completo. Y un ensayo escrito desde el rigor minarquista no puede permitirse la simplificación maniquea.
Porque, en paralelo a la impunidad de los presuntos protagonistas, ocurrió otra cosa que también es una patología grave del Estado leviatánico argentino: una operación de inteligencia ilegal documentada judicialmente para incriminar a Aníbal Fernández y direccionar la investigación hacia él.
La causa. Se conoce como la causa D’Alessio, instruida por el juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla a partir de 2019. En ella se procesó al falso abogado Marcelo D’Alessio, al periodista Daniel Santoro, al fiscal federal Carlos Stornelli (que aún espera el procesamiento firme en la Cámara Federal marplatense), al fiscal de Mercedes Juan Ignacio Bidone —sí, el mismo que había llevado adelante el juicio del triple crimen—, y a varios ex agentes de la AFI. Ramos Padilla documentó la existencia de una red paraestatal de espionaje, extorsión y armado de causas, que operaba con vínculos directos con la AFI macrista bajo la conducción de Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.
La Operación Triple Crimen. Una de las operaciones que Ramos Padilla individualizó
—y que él mismo bautizó internamente como “Operación Triple Crimen”— consistió específicamente en producir informes de inteligencia ilegal, firmados con las iniciales “MD” (por Marcelo D’Alessio), y filtrarlos al fiscal Bidone, quien los incorporaba a un legajo reservado paralelo a la investigación principal de la efedrina. El objetivo declarado de esos informes era construir un cuerpo probatorio que vinculara a Aníbal Fernández con el triple crimen.
El testimonio del fiscal Bidone. El propio Bidone, indagado por Ramos Padilla, declaró que D’Alessio buscó “direccionar” la investigación contra Aníbal Fernández, y atribuyó la instrucción original a la entonces diputada Elisa Carrió. La reconstrucción del juez señala
una reunión clave realizada en febrero de 2016 entre Bidone, D’Alessio, el entonces titular de la AFI Gustavo Arribas y su segunda Silvia Majdalani, con el objeto —según Ramos Padilla— de “realizar aportes de inteligencia a las actuaciones vinculadas al Triple Crimen de General Rodríguez que el mencionado fiscal producía y tramitaba en forma paralela a la investigación que, en ese momento, ya se encontraba a cargo de la Dra. Servini”. En esa reunión, D’Alessio entregó partes de inteligencia que fueron incorporados al legajo reservado de Bidone, apuntando explícitamente a involucrar a Aníbal Fernández.
Los informes “MD”. Ramos Padilla individualizó al menos tres informes concretos. Uno del 10 de mayo de 2018 sostenía: “Los teléfonos de Aycacip (Asociación de Industriales de Caza y Pesca) eran utilizados por la gente del RENAR. Ahí puede encontrarse la vinculación con Aníbal Fernández. Esos teléfonos se comunicaban con Martín Lanatta”. Otro informe afirmaba: “Eduardo ‘Chispa’ Menchi participó en el año 2009 en una reunión de negocios con Aníbal Fernández y Roberto Romero (director del diario El Tribuno de Salta y hermano del gobernador)”. Cada documento llevaba al inicio las iniciales “MD” y al pie el sello y la rúbrica de Bidone.
El testimonio de Pérez Corradi. En julio de 2019, ya extraditado y detenido, Pérez Corradi declaró ante la justicia que enviados del gobierno macrista —concretamente, un agente de inteligencia identificado como Dalmau Pereyra— le habían pedido, durante la negociación de su extradición desde Paraguay, que involucrara a Aníbal Fernández en el triple crimen a cambio de beneficios penitenciarios y de la incorporación al Programa de Protección de Testigos. Pérez Corradi declaró que “ellos (por el gobierno) dijeron que me iban a traer pruebas (sobre la supuesta participación de Fernández)”, pero esas pruebas, según él, nunca llegaron. Eligió, dijo, “declarar y no mentir”, y eso provocó la ruptura del acuerdo.
La conclusión del juez Ramos Padilla. En su fallo de ampliación de procesamientos, el juez de Dolores fue terminante: existió una operación destinada a vincular a Aníbal Fernández con el triple crimen y la ruta de la efedrina mediante informes de inteligencia ilegal, partes apócrifos, y presiones sobre testigos detenidos. Esa operación, que llamó “Operación Triple Crimen”, fue ejecutada por la red D’Alessio con coordinación de funcionarios de la AFI macrista.
El efecto procesal. El descubrimiento de esta trama tuvo un efecto devastador. No solo desacreditó retroactivamente las imputaciones que pesaban sobre Aníbal Fernández, sino que generó una cobertura jurídica natural a cualquier nueva tentativa de imputación. Cualquier nuevo elemento que apareciera contra Aníbal podía ser, ahora, sospechado de provenir de la misma operación paraestatal. La causa D’Alessio funcionó, en términos prácticos, como un escudo perdurable.
La advertencia minarquista: dos patologías, un solo Estado
Acá conviene detenerse, porque la tentación del análisis cómodo es enorme y conduce al error. Lo honesto es decirlo así: que existió una operación de inteligencia ilegal para
incriminar a Aníbal Fernández no prueba que Aníbal Fernández sea inocente del triple crimen. Y que la justicia no haya logrado imputarlo formalmente no prueba que sea culpable. Esos son dos hechos compatibles: pueden coexistir, simultáneamente, un personaje político con un pasado oscuro y un aparato paraestatal que opera por fuera de la ley para fabricarle causas. La Argentina ha demostrado una capacidad notable para producir las dos patologías al mismo tiempo, sobre el mismo expediente, contra el mismo personaje.
Y acá es donde el marco minarquista se vuelve indispensable. Porque la lectura partidaria tradicional —kirchnerismo bueno, macrismo malo, o viceversa— deja afuera lo esencial: las dos patologías son hijas del mismo padre. El Estado argentino, sobredimensionado, sin contrapesos reales, con organismos de inteligencia que operan en la oscuridad y una justicia federal capturada por la rosca política, produce simultáneamente impunidad para los poderosos y persecución paraestatal contra los rivales políticos. No es un defecto de un gobierno, ni una desviación coyuntural. Es el funcionamiento esperable de un Estado que excede largamente las funciones para las que un orden liberal lo concibe.
Public Choice lo explicó hace décadas: cuando el Estado tiene poder discrecional sobre las vidas, los bienes y las causas judiciales de los ciudadanos, los actores políticos y burocráticos rentean ese poder. Lo usan para protegerse a sí mismos, para extorsionar a otros, para fabricar causas contra los adversarios, para enterrar las propias. La AFI macrista usó D’Alessio para armar causas contra opositores; la AFI kirchnerista, en su momento, había usado a Stiuso y a otros para armar causas contra los suyos. Cambian los nombres y los carnés partidarios: la estructura es la misma.
El triple crimen y la Operación D’Alessio no son dos historias opuestas: son dos capítulos del mismo libro. El libro del Estado argentino que no rinde cuentas.
El ecosistema: los amigos del jefe de Gabinete
Si Aníbal Fernández hubiera sido un funcionario aislado, una excepción, un caso individual, la indignación se agotaría en su persona. Pero no lo era. Operaba en un ecosistema. Y ese ecosistema es quizás la clave para entender por qué casos como el suyo prosperan en la Argentina y rara vez se cierran con justicia.
Tomemos a Sergio Szpolski como ejemplo. En septiembre de 2015, mientras el escándalo de “La Morsa” todavía estaba caliente —apenas un mes después del informe de PPT y de las ratificaciones judiciales de Lanatta—, Aníbal Fernández hacía campaña en Tigre junto a Szpolski, candidato a intendente de ese distrito por el Frente para la Victoria. La elección de Szpolski como candidato no había sido un proceso democrático ni un fruto del trabajo territorial: fue una imposición directa de Máximo Kirchner sobre el Partido Justicialista local. Aníbal Fernández, candidato a gobernador y todavía jefe de Gabinete en funciones, recorría las calles de Villa Garrote con el dueño del Grupo 23, abrazado, sonriente, en una foto que el propio Aníbal subió a sus redes sociales con orgullo de comitiva.
Szpolski era, en ese momento, mucho más que un candidato. Era el dueño del mayor emporio de medios kirchneristas: Tiempo Argentino, la revista Veintitrés, CN23, AM 1190, una constelación de publicaciones que durante años habían vivido casi exclusivamente del oxígeno de la pauta oficial. Las estimaciones sobre la magnitud de esa pauta llegaron a contabilizar al menos 800 millones de pesos en seis años, una cifra que ningún otro grupo de medios alcanzó. La rentabilidad de Szpolski no provenía de sus lectores ni de la calidad editorial: provenía del Estado argentino, que financiaba con dinero de los contribuyentes un aparato propagandístico cuya función política era proteger al gobierno y atacar a sus adversarios.
Más tarde, ya en democracia macrista, Szpolski declaró ante el juez Claudio Bonadio en la causa de los Cuadernos. Reconoció que el ex jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina le había encargado la impresión de 16 millones de boletas electorales del Frente para la Victoria para las elecciones de 2013, y que ese dinero salió directamente desde Jefatura de Gabinete. Las plantas impresoras del empresario K, en paralelo, producían las revistas que recibían pauta del mismo Estado que pagaba las boletas. El círculo se cerraba.
Distintas investigaciones periodísticas y judiciales señalaron, además, que el Grupo Szpolski-Garfunkel tenía vínculos persistentes con la inteligencia kirchnerista, vínculos que ayudaban a explicar por qué ninguna causa judicial contra el empresario avanzaba con la celeridad que las pruebas exigían. La connivencia entre medios oficialistas, espías estatales y funcionarios políticos formaba un nudo casi imposible de desatar judicialmente.
Este es el ecosistema completo. Aníbal Fernández, jefe de Gabinete, ministro de varios rubros, salpicado por el triple crimen, caminando codo a codo con un empresario de medios beneficiado por pauta millonaria, imputado en la causa Cuadernos, vinculado a servicios de inteligencia, financiado con boletas electorales pagadas desde el Estado. No es un caso particular: es una red. Y la red, no el individuo, es lo que el marco minarquista permite ver con nitidez.
Buchanan y Tullock describieron este fenómeno hace medio siglo bajo el nombre de rent-seeking: la apropiación privada de rentas estatales mediante la captura del aparato regulatorio, presupuestario y judicial. La pauta oficial discrecional es una forma textbook de rent-seeking. Los fueros que protegen a los funcionarios son rent-seeking institucional. La AFI politizada que opera contra adversarios y a favor de propios es rent-seeking de inteligencia. Cuando todo eso se acumula en un mismo gobierno, con los mismos protagonistas, durante doce años consecutivos, el resultado es exactamente el que tuvimos: un Estado que genera escándalos en serie y un sistema judicial incapaz de procesarlos en tiempo y forma.
El descaro de la reaparición
Cierro este primer ensayo donde lo empecé: en la entrevista reciente de Aníbal Fernández con Pedro Rosemblat en El Puente, por Gelatina. Un hombre tranquilo, peinado, con la corbata bien anudada, hablando de mirar hacia adelante, de dejar atrás lo hecho por
Milei, de la generosidad republicana del peronismo. Una performance digna del estadista que nunca fue.
Y acá es donde el ciudadano con canas y memoria tiene que intervenir, porque si no interviene, la sociedad olvida. Y olvidar, en Argentina, es la principal industria de exportación de los que nos gobernaron mal.
Es necesario decirlo con todas las letras. Este hombre que hoy nos habla del diálogo nacional, que se viste de moderación, que enseña modales republicanos, es el mismo cuyo apodo “La Morsa” surgió del testimonio bajo juramento de la viuda de una de las víctimas del peor crimen mafioso de la última década kirchnerista; el mismo que fue señalado por un condenado a prisión perpetua como autor intelectual del homicidio y como receptor de
250.000 dólares de protección; el mismo cuyo entorno —el RENAR de su gestión, el funcionario Meiszner, el agente “Máximo”, el ecosistema completo— nunca terminó de ser desentrañado por la justicia federal; el mismo que vio cómo los condenados del caso se fugaban de un penal de máxima seguridad pocos días después del cambio de gobierno; el mismo cuya causa terminó prescripta en 2023 sin un solo autor intelectual condenado por los homicidios. Y es el mismo, también, contra el cual operó un aparato paraestatal de inteligencia ilegal, lo cual lo convierte simultáneamente en presunto agente y víctima del Estado leviatánico que él habitó como pocos.
Que un personaje así se sienta hoy con derecho a sentarse frente a un micrófono, vestido de prócer, y a darle clases de república al gobierno que vino a desarmar precisamente el Estado del que él fue arquitecto, es una falta de respeto a la inteligencia colectiva. Y es, sobre todo, una prueba de hasta qué punto la sociedad argentina ha permitido que la memoria política sea reseteada cada cuatro años, como si las hojas del calendario alcanzaran para limpiar los expedientes.
No se trata de prohibirle hablar. La libertad de expresión incluye a los personajes que despreciamos, y un orden minarquista jamás propondría silenciar voces, ni siquiera las más impresentables. Se trata de algo más simple: de no comprarle el disfraz. De recordar, cada vez que aparezca con la camisa planchada y el discurso republicano, que detrás de esa figura está el otro Aníbal Fernández, el de la visera y el dedo amenazante, el del mate caliente, el de “no me extorsiona nadie y menos estos cachivaches”, el del jefe de Gabinete que armaba campañas con empresarios investigados, el del ministro que dejó causas sin resolver, el de “La Morsa” que nunca terminó de despejarse como sospecha porque la justicia argentina no estuvo a la altura de despejarlo ni en un sentido ni en otro.
Cuando él habla de Milei como un autoritario, hay que recordar que él fue ministro y jefe de Gabinete del gobierno que más causas de corrupción, espionaje ilegal y connivencia con el narcotráfico generó en la historia reciente del país. Cuando él habla de la libertad de expresión, hay que recordar la pauta oficial discrecional con la que su gobierno asfixió a los medios críticos y engordó a los amigos. Cuando él habla de instituciones, hay que recordar la AFI politizada, los jueces a medida, los fiscales adictos, las prescripciones convenientes. Cuando él habla de república, hay que recordar la visera.
Puente hacia la Parte 2: la impunidad como sistema
El caso Aníbal Fernández, con todas sus aristas —la sentencia firme de Mercedes que dejó abierta la cuestión del “apoyo institucional”, el testimonio judicial de Solange Bellone sobre “La Morsa”, las dos faltas de mérito a Pérez Corradi, la fuga de los condenados, la causa D’Alessio, la prescripción de 2023, el ecosistema Szpolski— es un caso de impunidad por inacción, por captura institucional, por prescripción, por enmarañamiento. Es la impunidad gris, la que se construye con expedientes que se duermen, con jueces que no firman, con fiscales que se desvían, con plazos que vencen.
Pero la Argentina conoce otra forma de impunidad, más extrema, más dramática, más definitiva. La impunidad por desaparición forzada del acusador. La impunidad por muerte oportuna del fiscal. La impunidad que ocurre cuando el sistema, en lugar de simplemente fallarle al ciudadano, lo elimina físicamente para que la causa nunca prospere.
Esa es la historia de Alberto Nisman. Y es la Parte 2 de este ensayo.
Hay un hilo conductor entre ambas historias que no es casualidad ni coincidencia: el mismo Estado que no pudo o no quiso despejar las acusaciones contra Aníbal Fernández, es el Estado que el 18 de enero de 2015 amaneció con un fiscal federal muerto en el baño de su departamento de Le Parc, horas antes de presentarse ante el Congreso para denunciar a la presidenta de la Nación por encubrir a los responsables iraníes del peor atentado terrorista de la historia argentina. El mismo Estado, los mismos servicios, la misma justicia. Cambian los protagonistas: la lógica institucional es idéntica.
Si en la Parte 1 vimos cómo la impunidad se cocina con el tiempo y la inacción, en la Parte 2 veremos cómo la impunidad se cocina con la pólvora.
Fin de la Parte 1.
PARTE 2
Alberto Nisman, el fiscal que se animó
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Una declaración personal
Hay ensayos que uno escribe desde la distancia del observador. Otros se escriben con el corazón en el teclado, porque el tema no es solamente público: es íntimo, formativo, parte de la propia biografía moral. Este es uno de esos ensayos.
Tengo que decirlo de entrada, porque sería deshonesto disimularlo: una de las razones por las cuales hoy estudio Derecho es Natalio Alberto Nisman. Tenía la edad justa cuando ocurrió todo —cuando estalló la denuncia, cuando apareció el cuerpo, cuando se desplegó el documental de Netflix años después— para que la figura del fiscal se me grabara como ejemplo y como mandato. Mi generación vio en directo lo que significaba que un funcionario público, con todas las cargas del cargo y todos los riesgos personales, decidiera ir hasta el final con una denuncia contra el poder más alto del país. Y vio también, en directo, lo que el Estado argentino le hizo pagar por esa decisión.
En mi casa hay una perra. Se llama Tamara Natalia Alberta. El nombre carga dos homenajes que no son uno solo, sino dos, y que le dan a este animal de cuatro patas un peso simbólico que excede largamente al de una mascota. Tamara lleva el nombre de una enfermera española que me cuidó durante una internación, en un momento de mi vida en el que el oficio silencioso de quien hace bien su trabajo —ese trabajo que muchas veces nadie ve, nadie agradece, nadie reconoce públicamente— marcó la diferencia entre salir adelante y no salir. Natalia Alberta lleva el nombre, en cambio, de Natalio Alberto Nisman, el fiscal que hizo bien su trabajo y pagó por ello con su vida. Dos personas distintas, dos historias distintas, unidas por una sola virtud común: el deber cumplido sin teatralizaciones.
No es una anécdota sentimental ni un detalle decorativo: es un recordatorio físico, diario, cotidiano, de que hay nombres que uno carga porque no quiere que el olvido los gane. Cuando le pongo la correa, cuando la llamo, cuando le hablo, sin decirlo ni pensarlo demasiado, lo que estoy diciendo es: no me olvido. Me acuerdo de la enfermera que estuvo cuando hacía falta. Y me acuerdo del fiscal que estuvo donde hacía falta. La perra no sabe nada de esto, por supuesto, pero yo sí.
Este ensayo, en su Parte 2, es para Natalio Alberto. Para el fiscal que se animó. Y para los miles de argentinos a los que la historia de Nisman nos formó, nos golpeó y nos obligó a tomar postura. Lo escribo desde la convicción minarquista que vengo defendiendo en estas páginas, pero lo escribo, además, con la honestidad de decir que en este caso la convicción no es solamente intelectual: es afectiva, generacional, biográfica.
Si la Parte 1 mostró cómo el Estado argentino genera impunidad gris, lenta, hecha de expedientes que se duermen, esta segunda parte muestra la otra cara: la impunidad acelerada, definitiva, hecha de cuerpos que aparecen en un baño con un disparo en la cabeza.
El fiscal y la causa AMIA: lo que estaba en juego
Para entender por qué importa Alberto Nisman, hay que entender qué representaba la causa que llevaba sobre sus hombros. El 18 de julio de 1994, un coche bomba destruyó el edificio de la Asociación Mutual Israelita Argentina en el centro de Buenos Aires. Murieron
85 personas. Cientos resultaron heridas. Fue el peor atentado terrorista de la historia argentina, y durante más de tres décadas la justicia argentina mostró su impotencia, su corrupción y su mediocridad para esclarecerlo.
En 2004, el presidente Néstor Kirchner —en un gesto que, conviene reconocerlo, fue uno de los pocos actos institucionales decentes de aquel gobierno— creó la Unidad Fiscal de Investigación del Atentado a la AMIA (UFI-AMIA) y puso al frente al fiscal Alberto Nisman. Nisman no era una figura mediática ni un militante partidario: era un fiscal de carrera, formado, especializado, con vocación de investigador. Tomó la causa, la sistematizó, la profesionalizó y, sobre todo, la sostuvo durante una década con un nivel de rigor que la justicia argentina rara vez había mostrado en un caso de esa magnitud.
Bajo su conducción, la UFI-AMIA logró lo que ningún equipo anterior había logrado: identificar y formalizar la responsabilidad iraní en el atentado. Nisman acumuló miles de fojas de evidencia, declaraciones, escuchas, peritajes, y consiguió que Interpol emitiera las notificaciones rojas contra los altos funcionarios iraníes señalados como responsables intelectuales del crimen. Ahmad Vahidi, Mohsen Rabbani, Ali Fallahijan, Ahmad Reza Asghari, Mohsen Rezai. Esos nombres, para Nisman, no eran abstracciones: eran los autores materiales y políticos del peor crimen de lesa humanidad cometido en suelo argentino. Y las alertas rojas de Interpol eran la única herramienta operativa que la Argentina tenía para forzar, eventualmente, su captura internacional.
Treinta años después del atentado, en abril de 2024, la Cámara Federal de Casación Penal confirmaría judicialmente lo que Nisman había sostenido durante su carrera: que el gobierno de Irán fue el autor intelectual del atentado y que lo había ordenado, y que el crimen constituye un delito de lesa humanidad ejecutado por Irán a través de Hezbolá. La justicia argentina, con una década de retraso, terminó dándole la razón al fiscal. Pero para entonces, el fiscal ya no estaba para verlo.
El Memorándum: el pacto que cambió todo
En enero de 2013, en una reunión que se reveló posteriormente ocurrió en Alepo, Siria, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner firmó con el régimen iraní un Memorándum de Entendimiento. El texto fue presentado públicamente como un avance diplomático destinado a destrabar la causa AMIA: crearía una Comisión de la Verdad con juristas de ambos países, y habilitaría a que el fiscal Nisman y el juez del caso pudieran viajar a Teherán para tomar declaración a los iraníes imputados.
Eso es lo que decía la versión oficial. La versión que Nisman, después de meses de escuchas telefónicas, investigación y reconstrucción, presentó el 14 de enero de 2015, era radicalmente distinta. Según su denuncia —1.000 páginas de evidencia presentadas ante el juez federal Ariel Lijo— el Memorándum no era un instrumento para acercar a los iraníes a
la justicia argentina, sino un mecanismo para protegerlos. La Comisión de la Verdad, sostuvo el fiscal, era una pantalla destinada a permitir que Argentina pidiera el levantamiento de las notificaciones rojas de Interpol, a cambio de un acuerdo comercial con Irán que incluía petróleo y granos. Es decir: impunidad a cambio de negocios. Encubrimiento internacional a cambio de balanza comercial.
Las escuchas que Nisman acumuló durante su investigación —conversaciones entre operadores políticos del kirchnerismo y el lobbista iraní Jorge “Yussuf” Khalil, entre otros— mostraban, según el fiscal, una coordinación deliberada para garantizar que los acusados iraníes nunca enfrentaran a la justicia. Lo que Nisman denunció, en términos jurídicos precisos, fue encubrimiento agravado por parte de la entonces presidenta de la Nación, su canciller Héctor Timerman, y otros funcionarios y operadores.
La gravedad de la acusación era inconmensurable. Una presidenta en ejercicio, denunciada por encubrir a los responsables intelectuales del peor atentado terrorista cometido en suelo nacional, a cambio de un acuerdo comercial. No hay manera de subestimar lo que eso significa institucionalmente. Y no hay manera de subestimar el coraje personal de un fiscal que decide presentar esa denuncia y, cuatro días después, presentarse ante el Congreso de la Nación para ratificarla y exponerla públicamente.
Nisman estaba citado a comparecer en la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados el lunes 19 de enero de 2015. Nunca llegó.
La noche del 18 de enero
La cronología de las últimas horas de Alberto Nisman se conoce con un nivel de detalle que hace todavía más exasperante la imposibilidad de cerrar judicialmente la causa. El sábado 17 de enero, durante el día, Nisman trabajaba en su departamento del piso 13 de la torre Boulevard del complejo Le Parc, en Azucena Villaflor 450, Puerto Madero. A última hora de la tarde recibió la visita de Diego Lagomarsino, su asistente informático, contratado años antes por el propio fiscal con un sueldo elevado. Lagomarsino, según su propio testimonio, le entregó esa noche un arma calibre 22, una Bersa Thunder, registrada a su nombre. El fiscal, dijo Lagomarsino, le había pedido el arma porque temía por la seguridad de sus hijas.
A partir de ese momento, la cronología se vuelve oscura. Nisman habló por teléfono con su madre, Sara Garfunkel. Habló con su ex esposa, la jueza Sandra Arroyo Salgado. Habló con periodistas. Preparaba la presentación del lunes. En algún momento entre la noche del sábado 17 y la mañana del domingo 18, ocurrió lo que la justicia argentina sigue intentando reconstruir.
Cuando los custodios federales que tenían que cuidarlo entraron al departamento el domingo por la tarde, encontraron al fiscal muerto en el baño, con un disparo en la cabeza, el cuerpo apoyado contra la puerta. El arma que Lagomarsino le había llevado horas antes estaba a su lado.
A partir de ahí empezó otra historia. No la de la muerte de Nisman, sino la de cómo el Estado argentino reaccionó a la muerte de Nisman. Y esa segunda historia es, si cabe, aún más reveladora que la primera.
La escena devastada: cómo se destruye una investigación en diez horas
La fiscal de turno aquella noche era Viviana Fein, del fuero ordinario de la Ciudad de Buenos Aires. El juez de instrucción de turno era Manuel De Campos. Y lo que ocurrió en el departamento de Nisman en las primeras horas posteriores al hallazgo del cuerpo es un caso de manual de cómo no preservar una escena del crimen.
En menos de diez horas, según la investigación posterior, ingresaron al departamento 88 personas. Ochenta y ocho. Funcionarios judiciales, policías, prefectos, miembros del Poder Ejecutivo, peritos, asistentes. Una procesión que destruyó cualquier posibilidad de preservar lo que cualquier manual elemental de criminalística manda preservar: el lugar, los rastros, las huellas, las pruebas físicas. Lo que normalmente se acordona y se aísla con desesperación, en el departamento de Nisman se convirtió en un pasillo de gente entrando y saliendo.
Las evidencias claves que la justicia perdió o no recolectó adecuadamente son hoy de dominio público. No había huellas dactilares del propio Nisman en el arma con la que habría supuestamente disparado. No había rastros de pólvora en sus manos. La trayectoria del disparo y la posición del cuerpo, según peritajes posteriores, no eran compatibles con un autodisparo. Y, sobre todo, había un detalle que la fiscal Fein no advirtió en las primeras horas: el departamento estaba conectado, por un conducto de servicio, al semipiso contiguo. Más tarde se encontraron en ese conducto rastros de pisadas y una huella dactilar.
¿Quién vivía en el departamento vecino? El director de la empresa NEC, encargada del sistema de control de accesos de la Casa Rosada. Y el sábado previo, alrededor de las 17, se había producido un incendio que provocó la pérdida del registro de ingresos y egresos a la Casa de Gobierno —una prueba que la denuncia de Nisman, según trascendió, podía haber pedido como respaldo. La sucesión de coincidencias es estadísticamente improbable y narrativamente abrumadora.
La Junta Médica conformada en mayo de 2015, con peritos del Cuerpo Médico Forense, de la Policía Federal y de las partes, concluyó inicialmente que no había indicios para sostener que se trató de un homicidio. Esa conclusión, sumada a la teoría del suicidio que muchas voces del kirchnerismo empujaron desde el primer momento, instaló durante meses la versión oficial de que Nisman se había quitado la vida. Una hipótesis que la realidad procesal posterior se ocuparía de desmantelar.
En diciembre de 2015, la jueza Fabiana Palmaghini apartó a Fein de la investigación y, en marzo de 2016, envió el expediente al fuero federal. Allí, con nuevos peritajes
—incluyendo el de Gendarmería Nacional, que sería incorporado años después como prueba
clave— la justicia federal modificó la hipótesis: Nisman fue víctima de un homicidio. El juez Julián Ercolini, a fines de 2017, procesó a Diego Lagomarsino como partícipe necesario del homicidio simple agravado por el uso de armas, y a cuatro custodios federales por incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado. La resolución de Ercolini, de 656 páginas, fue contundente: “En aquella noche del 17 al 18 de enero de 2015, a Nisman lo habrían matado con el arma de Diego Lagomarsino y éste, a la vez, fue la última persona que ingresó al departamento del fiscal”.
Pero los autores materiales e intelectuales del homicidio, hasta el día de hoy, siguen sin identificación judicial firme. Once años después.
La fiscal imputada, el documental que despertó conciencias y el libro de Santoro
En agosto de 2025, el fiscal federal Eduardo Taiano imputó formalmente a la ex fiscal Viviana Fein por las falencias en la preservación de la escena. En mayo de 2026 —hace apenas semanas, al momento de escribir este ensayo— el juez federal Julián Ercolini la procesó por encubrimiento agravado, con un embargo de 15 millones de pesos. La resolución del magistrado fue precisa: Fein “no preservó debidamente la escena del hecho ni recolectó todos los elementos probatorios que allí se encontraban”, y esas falencias “generaron un grave perjuicio para el curso de la investigación del homicidio del fiscal federal”.
Hay un detalle revelador en la defensa de Fein. Ella misma sostuvo, ante los medios, que fue apartada de la investigación “cuando empecé a indagar sobre los servicios de Inteligencia”. Es decir: la propia fiscal cuestionada reconoce que el factor que precipitó su desplazamiento fue su intento de avanzar sobre la pista que la causa más obviamente exigía investigar. El aparato de inteligencia argentino, ese viejo enemigo del Estado de Derecho que aparece en cada gran escándalo institucional, vuelve a estar en el centro de la escena. Como en el caso D’Alessio. Como en la causa de los Cuadernos. Como en cada operación que la Argentina del siglo XXI todavía no logró desactivar.
En 2019-2020, Netflix estrenó la miniserie documental de seis episodios Nisman: el fiscal, la presidenta y el espía, dirigida por el británico Justin Webster. Para muchos de nosotros, los que entonces empezábamos a formarnos políticamente, ese documental fue una experiencia formativa decisiva. Webster había trabajado cuatro años, había revisado más de mil horas de archivos y grabaciones, y había entrevistado a casi todos los protagonistas vivos del caso: a Viviana Fein, al ex secretario de Inteligencia Oscar Parrilli, a Sandra Arroyo Salgado, al espía Antonio “Jaime” Stiuso, y entre las voces más conmovedoras, al ex canciller Héctor Timerman, ya enfermo terminal, reconociendo: “Nunca medimos las desventajas, que fueron mucho más grandes que las ventajas”.
El documental tomó una decisión narrativa que algunos criticaron y otros agradecimos: no tomó partido por ninguna hipótesis cerrada. No afirmó suicidio ni afirmó homicidio. Mostró, episodio por episodio, las dos posturas irreductibles, dejó hablar a todas las voces,
expuso los hechos, y le dejó al espectador la tarea moral de sacar sus conclusiones. Esa elección, que en países serios se llama periodismo y en Argentina algunos llamaron tibieza, fue exactamente la forma adecuada de tratar un caso donde la verdad procesal no estaba cerrada. Webster respetó al espectador como adulto capaz de pensar. Y, al hacerlo, expuso ante millones de personas la magnitud institucional del problema.
Para los que teníamos quince, dieciséis, diecisiete años cuando murió Nisman, el documental fue una segunda educación. Vimos cómo se construye una causa judicial, cómo se denuncia al poder, cómo se preserva (o se destruye) una escena del crimen, cómo opera un servicio de inteligencia, cómo funciona la prensa militante, cómo se mueven los servicios, cómo se silencian voces. Lo que en los manuales de Derecho Constitucional aparece en abstracto como “separación de poderes” o “Estado de Derecho”, lo vimos en seis horas de pantalla como lo que es: un equilibrio delicado, frágil, que cuando se rompe deja víctimas concretas, con nombre y apellido, con hijas que se quedan sin padre.
Para muchos, ahí empezó la decisión de estudiar Derecho. Para mí también.
Pero el documental, por su propia naturaleza —audiovisual, narrativo, deliberadamente equilibrado—, no podía agotar el material acumulado a lo largo de una década. Esa tarea, la del trabajo periodístico de archivo que reconstruye el rompecabezas pieza por pieza, le tocó al editor de la sección de Judiciales del diario Clarín, Daniel Santoro. A finales de 2024, casi diez años después del cuerpo en el baño, Santoro publicó Nisman, anatomía de un crimen (Emporio Ediciones, Córdoba), su décimo primer libro y la continuación de Nisman debe morir, que había publicado a fin de 2015 al calor de los primeros peritajes contradictorios.
El libro tiene un valor que excede al periodismo. Tiene un valor ético. En 2015, Santoro sostenía la hipótesis del “suicidio inducido”: pensaba que Nisman había sido empujado psicológicamente a quitarse la vida por la presión política y las amenazas, pero no asesinado físicamente. En 2024, con casi una década más de pruebas, peritajes, testimonios e investigaciones judiciales —entre ellas la pericia de Gendarmería que fue la pieza forense más decisiva del expediente—, Santoro cambió de posición y aceptó públicamente la hipótesis del homicidio, ya respaldada por la decena de magistrados que para ese momento habían intervenido en la causa. Ese giro periodístico, lejos de ser una debilidad, es una de las virtudes morales del trabajo: muestra a un investigador que sigue las pruebas y no las pruebas que siguen al investigador. En tiempos de operadores disfrazados de periodistas, ese tipo de honestidad metodológica conviene celebrarla.
Anatomía de un crimen aporta varias revelaciones decisivas. La primera, el dossier que el ex director de operaciones de la SIDE Antonio “Jaime” Stiuso —apartado del organismo por orden de Cristina Kirchner pocos meses antes de la denuncia de Nisman— habría entregado a las autoridades del gobierno de Barack Obama, con material sobre las operaciones iraníes en Sudamérica y las negociaciones secretas entre Buenos Aires y Teherán. La segunda, una serie de llamadas telefónicas registradas en la mañana del 18 de enero de 2015 —es decir, antes del hallazgo del cuerpo— entre el entonces jefe del Ejército,
el general César Milani, el ex número dos de la SIDE Juan Martín Mena (hoy ministro de Justicia bonaerense bajo Kicillof) y otros jefes de inteligencia. Esas comunicaciones, según el libro, ocurrieron aproximadamente doce horas antes de que se encontrara oficialmente el cuerpo del fiscal. Si la cronología es correcta —y los registros que cita Santoro provienen de fuentes judiciales—, lo que estamos discutiendo es que la cúpula militar y de inteligencia argentina estaba activamente comunicada sobre el destino del fiscal antes de que su muerte se hiciera pública. La pregunta que esa cronología obliga a formular es evidente, y este ensayo no la elude: ¿cómo se enteraron antes que la sociedad argentina?
Hay un dato adicional que conviene mencionar sobre el propio Santoro, porque ilumina perfectamente la tesis minarquista que atraviesa estos dos ensayos. El periodista fue una de las víctimas colaterales más conocidas de la causa D’Alessio, la misma trama de espionaje paraestatal que en la Parte 1 vimos operando contra Aníbal Fernández. Imputado por el juez Alejo Ramos Padilla a instancias de operadores ligados al kirchnerismo, Santoro pasó años defendiéndose de acusaciones de extorsión y asociación ilícita que finalmente fueron desestimadas en lo central. El propio Santoro lo cuenta así: “Cristina Kirchner intentó meterme preso en 2019 en la causa contra el falso abogado Marcelo D’Alessio. Me trataron de sicario”. Estamos hablando del mismo periodista que durante una década investigó la muerte del fiscal que denunció a Cristina Kirchner por encubrir a los iraníes. La sincronización entre la denuncia y la represalia tiene esa precisión que solamente alcanzan los aparatos estatales cuando son usados como herramientas políticas.
Lo que el libro de Santoro consolida, en suma, es lo que ya intuíamos por separado en cada pieza del caso, pero que cuesta sostener cuando uno no tiene el archivo completo en la mano: que la muerte de Nisman no fue un accidente ni un suicidio ni un desenlace dramático aislado. Fue el resultado previsible —brutal, pero previsible— de la colisión entre un fiscal federal que se animó a denunciar al poder y un Estado que tenía los servicios, las herramientas y la falta de escrúpulos necesarios para que esa denuncia no llegara a buen puerto. Anatomía de un crimen documenta, con la paciencia de cuatro décadas de oficio investigativo, lo que el documental de Webster había sugerido con la elegancia del audiovisual: que Nisman fue asesinado, que el aparato estatal cubrió el crimen, y que la justicia argentina sigue corriendo desde atrás porque los autores del homicidio siempre tuvieron una ventaja estructural que solamente un Estado capturado y leviatánico puede otorgar.
Para los que estudiamos Derecho con la figura de Nisman en la cabeza, los libros de Santoro —Nisman debe morir y Anatomía de un crimen, leídos en secuencia— son lectura obligatoria. No por militancia política, no por bandera partidaria, sino por una razón más simple: enseñan cómo se investiga un crimen de Estado, cómo se desmenuza el archivo, cómo se siguen las pistas que el poder quiere borrar, y, sobre todo, cómo el oficio del periodismo de investigación —cuando es serio— sigue siendo una de las pocas trincheras que la democracia argentina conserva contra la opacidad de su propio aparato.
La denuncia que sobrevivió al fiscal
Hay una línea que vale la pena seguir con atención, porque es la línea donde, después de una década de oscuridad, asoma una luz incipiente: la denuncia de Nisman contra Cristina Fernández de Kirchner no murió con él.
La causa por el Memorándum tuvo un recorrido judicial sinuoso, característico del sistema argentino. El juez Daniel Rafecas la desestimó inicialmente en febrero de 2015, apenas semanas después de la muerte de Nisman. La Cámara Federal porteña confirmó ese cierre. La Sala I de Casación, con los votos de Ana María Figueroa, Gustavo Hornos y Luis Cabral, ratificó en mayo de 2016 la desestimación. Parecía que la denuncia se enterraría junto con el cuerpo del fiscal.
Pero en 2017, una nueva presentación reabrió el expediente. El juez federal Claudio Bonadio —una figura controvertida, pero que en este caso jugó un rol decisivo— ordenó la detención de Cristina Kirchner, el ex canciller Timerman, el ex secretario legal y técnico Carlos Zannini, el piquetero Luis D’Elía, el ex jefe de Quebracho Fernando Esteche y el lobbista iraní Jorge Khalil. Cristina no fue arrestada por el blindaje de sus fueros como senadora, pero quedó procesada.
En octubre de 2021, el Tribunal Oral Federal 8 dictó sobreseimiento general por “inexistencia de delito”. Argumentaron los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado que el Memorándum “más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó delito”. La frase es un monumento al concepto kelseniano de “norma de excepción”: una decisión política, por más nociva que sea, no es justiciable. Pero la frase, en boca de tres jueces argentinos en 2021, sonó menos a doctrina y más a salvoconducto.
La DAIA, los familiares de las víctimas del atentado y la apelación fiscal mantuvieron el caso vivo. En septiembre de 2023, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal —con los votos de Daniel Petrone y Diego Barroetaveña— anuló el sobreseimiento y ordenó que la causa avanzara hacia juicio oral. Y el 5 de diciembre de 2024, la Corte Suprema de Justicia, en un fallo firmado por Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó los recursos extraordinarios de las defensas y confirmó que Cristina Kirchner debe ir a juicio oral por la denuncia que impulsó Alberto Nisman antes de morir.
Casi diez años después del cuerpo en el baño, la denuncia del fiscal llegó al lugar al que él quería llevarla: a un juicio oral y público, donde un tribunal debe escuchar las pruebas y dictar sentencia. Los jueces del juicio —Andrés Basso, Rodrigo Giménez Uriburu y Javier Ríos— son los mismos que ya condenaron a Cristina Kirchner en el caso Vialidad. El paralelismo no es casual: muestra que, cuando la justicia argentina se decide, los grandes responsables institucionales pueden ser efectivamente alcanzados. La pregunta es por qué tarda diez años, por qué cuesta tanto, por qué hay que esperar que mueran fiscales para que las causas avancen.
Diagnóstico minarquista: dos patologías, un solo Estado
Aquí es donde el ensayo se cierra sobre sí mismo y donde la Parte 1 y la Parte 2 confluyen en un único diagnóstico. Lo que ocurrió con Aníbal Fernández y lo que ocurrió con Alberto Nisman no son dos historias separadas: son dos manifestaciones de la misma enfermedad institucional argentina.
En el caso de Aníbal, la patología fue la impunidad por inacción y prescripción, y a la vez la operación paraestatal de inteligencia ilegal para fabricarle causas. Dos caras del mismo Estado leviatánico, capaz simultáneamente de proteger a sus poderosos y de fabricar pruebas contra adversarios.
En el caso de Nisman, la patología es aún más extrema: la denuncia presentada contra el poder político produce, en cuatro días, un cuerpo en un baño. Y la investigación de ese cuerpo, en sus primeras diez horas, es destruida por la propia institución encargada de investigarlo. La fiscal asignada no preserva la escena. Ochenta y ocho personas pisan las pruebas. Las huellas dactilares no aparecen. Los rastros de pólvora no se buscan. El conducto al departamento vecino, donde vive el director de la empresa encargada del control de accesos a la Casa Rosada, se ignora. El incendio en Casa Rosada que destruye los registros de entrada se asume como coincidencia. La hipótesis del suicidio se instala antes de que se hayan terminado los peritajes.
Para que esto sea posible, hace falta un Estado argentino específico: uno con servicios de inteligencia con suficiente autonomía operativa para intervenir en escenas del crimen, con una justicia federal capturada por el poder político de turno, con fueros que blindan a senadores, con jueces que esperan que prescriban las causas, con fiscales que se desactivan cuando empiezan a tirar del hilo equivocado. Hace falta, en suma, el Estado leviatánico que el minarquismo critica desde sus fundamentos: un Estado tan grande y tan discrecional que en lugar de proveer las funciones mínimas para las que un orden liberal lo concibe
—justicia, seguridad, cumplimiento de contratos— se vuelve la principal amenaza contra los derechos individuales que debía proteger.
Public Choice diagnostica con precisión lo que aquí ocurre. Cuando el Estado controla todo, los actores con poder dentro del Estado rentean ese poder. Los servicios de inteligencia, que en una república liberal serían instrumentos acotados de seguridad nacional bajo control parlamentario estricto, en Argentina son aparatos de operación política. La justicia federal, que en una república liberal sería un poder independiente con cargas equilibradas, en Argentina es un patio trasero de la rosca política, donde los jueces hacen carrera ganándose la simpatía del oficialismo de turno. Los fiscales, que deberían ser celosos guardianes del Ministerio Público, terminan o cooptados o desactivados —y, en el caso extremo, eliminados físicamente cuando se animan a hacer lo que el cargo manda.
Nisman es la víctima perfecta del Estado leviatánico argentino. No murió a pesar de hacer su trabajo: murió porque hizo su trabajo. Y la justicia que tendría que haberlo cuidado mientras lo hacía es la misma que destruyó la escena de su muerte. Las dos cosas son la misma cosa, vista en dos momentos distintos.
La causa que todavía espera
Once años después del 18 de enero de 2015, la causa por el homicidio de Alberto Nisman sigue abierta. Diego Lagomarsino está procesado como partícipe necesario, pero hoy vive en libertad, con custodia de Prefectura, y públicamente cuestiona la hipótesis del homicidio sosteniendo que el fiscal se autodisparó. Su versión, doce años después de los hechos y con todos los peritajes federales en contra, sigue siendo bibliográficamente la única que el imputado defiende.
Los autores intelectuales del homicidio —los que dieron la orden, los que decidieron que Nisman no podía llegar al lunes 19— no han sido identificados ni imputados. Los autores materiales —los que ingresaron al departamento, los que ejecutaron el plan— tampoco. El conducto al semipiso vecino, la huella dactilar encontrada, los rastros del paso de terceros: todo eso está en el expediente, pero ninguna persona concreta ha sido judicialmente vinculada con esos rastros.
La fiscal Fein, recientemente procesada, defiende su actuación y pide su sobreseimiento. Las defensas argumentan, no sin razón formal, que en aquellas primeras horas se desconocía si había sido suicidio u homicidio, y que las acusaciones contra Fein son “conjeturales e imprecisas”. Pero el embargo de 15 millones y el procesamiento por encubrimiento agravado siguen vigentes al momento de escribir esto.
La denuncia contra Cristina Kirchner avanza, lentamente, hacia el juicio oral. Los jueces designados ya están confirmados. La fecha exacta del inicio del debate aún se trabaja. Una eventual condena no devolverá a Nisman, pero podría —apenas podría— restituir algo del sentido de justicia que el caso debe a la sociedad argentina.
Mientras tanto, la causa AMIA en sí misma, treinta y dos años después del atentado, sigue sin un solo responsable iraní capturado, juzgado y condenado. Las notificaciones rojas de Interpol que Nisman luchó por mantener vigentes son una formalidad: ningún Estado las ejecuta. Los autores intelectuales del peor atentado terrorista de la historia argentina mueren en sus camas en Teherán, ya viejos, sin que el sistema internacional ni el argentino los hayan alcanzado.
Esta también es parte del legado del fiscal. Y es parte del fracaso institucional que su muerte vino a denunciar antes de tiempo.
Cierre: la lección que no se debe olvidar
A modo de cierre, vuelvo al principio del ensayo. Vuelvo a las dos personas cuyos nombres carga mi perra: Tamara, la enfermera que cuidó cuando había que cuidar; Natalio Alberto, el fiscal que denunció cuando había que denunciar. Dos formas distintas y complementarias de hacer bien lo que a uno le toca. Dos formas que, en el fondo, son la única forma decente de habitar el mundo: estar donde hay que estar, cuando hay que estar, haciendo lo que hay que hacer.
Hay una pregunta que cualquier minarquista, cualquier liberal clásico, cualquier ciudadano formado en el respeto a las instituciones tiene que hacerse al cerrar una historia como esta: ¿qué hacer con el legado? Porque las historias institucionales no terminan con los hechos: terminan con la lectura que las generaciones siguientes hacen de ellos.
Mi generación recibió este legado en directo. Vimos la denuncia de Nisman en vivo. Vimos el cuerpo. Vimos la marcha del 18-F, multitudinaria, con los fiscales caminando bajo la lluvia. Vimos el documental de Netflix. Leímos los libros de Santoro. Vimos cómo la causa siguió, cayó, se levantó, llegó a la Corte. Vimos cómo el sistema, lentamente, fue dándole la razón al fiscal —en la causa AMIA contra Irán, en la causa por encubrimiento contra Cristina Kirchner—. Y vimos, también, cómo el sistema sigue siendo incapaz, once años después, de identificar a los que mataron a un fiscal federal en el corazón de su jurisdicción.
Para los que estudiamos Derecho hoy, Nisman no es una figura del pasado. Es un mandato del presente. Es la prueba viva de que el Estado argentino, mientras siga siendo el Estado leviatánico que es, va a producir más Nisman. Más fiscales que se animan y pagan con la vida. Más causas que se cierran por inacción. Más servicios de inteligencia que operan por afuera del control democrático. Más jueces que esperan que las causas prescriban. Más impunes con la corbata bien puesta dando entrevistas en El Puente.
El minarquismo no es una doctrina cómoda ni una teoría académica. Es, en este país, casi una necesidad de supervivencia institucional. Reducir el Estado no es solamente liberar la economía: es desactivar los aparatos que matan fiscales, que protegen poderosos, que fabrican causas, que destruyen escenas del crimen. Es devolverle a la justicia su independencia, a los fiscales su autonomía, a los servicios de inteligencia su acotamiento bajo control parlamentario, a los ciudadanos su derecho a saber qué pasa con sus impuestos y con sus libertades.
Alberto Nisman murió por hacer su trabajo. Lo mínimo que le debemos quienes hoy lo recordamos —yo, mi generación, los que estudiamos Derecho en parte por él, los que tenemos perras llamadas Tamara Natalia Alberta— es no permitir que su muerte se convierta en un episodio histórico más, archivable, manejable, olvidable. Lo mínimo que le debemos es seguir contando la historia, repetirla con precisión, no dejar que el aparato propagandístico kirchnerista la rebaje a una “operación de la oposición”, no permitir que las nuevas generaciones crezcan creyendo que se suicidó porque estaba deprimido.
Nisman se animó. El Estado argentino lo silenció. La justicia argentina, lentamente, le está dando la razón. Pero la cuenta total —los autores intelectuales del homicidio, la responsabilidad política de la firma del Memorándum, la reforma institucional que impida que esto vuelva a ocurrir— sigue pendiente.
Que estos ensayos sean, modestamente, una piedra más en ese camino. Que la memoria sea, también, un acto político. Y que cada vez que alguien me pregunte por qué mi perra se llama así, pueda contar las dos historias: la de la enfermera y la del fiscal. La del cuidado callado y la del coraje cívico. No te olvidamos, Natalio Alberto. No vamos a olvidarnos nunca.
Fin de la Parte 2 y del ensayo.
Colofón
Este ensayo se redactó bajo el marco analítico del minarquismo y el liberalismo clásico. Las fuentes principales utilizadas incluyen las sentencias del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Mercedes (2012) y de la Sala III del Tribunal de Casación bonaerense (2013); los fallos del juez federal Alejo Ramos Padilla en la causa D’Alessio (2019); las resoluciones del juez federal Julián Ercolini en la causa Nisman (2017 y 2026); el fallo de la Corte Suprema de Justicia del 5 de diciembre de 2024 en la denuncia por el Memorándum con Irán; el libro La Ejecución de Emilia Delfino y Rodrigo Alegre (Editorial Sudamericana, 2011); los libros Nisman debe morir (2015) y Nisman, anatomía de un crimen (Emporio Ediciones, 2024) de Daniel Santoro; la miniserie documental Nisman: el fiscal, la presidenta y el espía de Justin Webster (Netflix, 2020); y coberturas periodísticas de La Nación, Clarín, Perfil, Infobae y el Centro de Información Judicial de la Corte Suprema.
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Ignacio Uriel Galetto Rodriguez
🇦🇷 Cordobes en 🇪🇦 Betanzos ❤️ por el ☕️ Modelo '97 👨🎓Institucionalista Minarquista Republicano Improvisando hasta que encuentre mi sitio 🍮
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