Reforma laboral de 40 horas en México: qué cambia y cuándo entra en vigor (septiembre 2025)
Jul 18, 2025
Panorama general
El 1 de septiembre 2025 la Secretaría del Trabajo presentará al Congreso el proyecto que reduce la semana laboral de 48 a 40 horas. El plan político prevé aprobar la reforma en el mismo periodo ordinario y aplicar la reducción de manera escalonada hasta 2030.
Qué cambia con la jornada de 40 horas
Menos horas de trabajo: la jornada máxima pasará de 8 a 6 h diarias para turnos diurnos, y de 7 a 5 h para turnos nocturnos una vez que la reducción sea total.
Dos días de descanso obligatorio por cada cinco de trabajo, homologando a estándares de la OCDE.
Pago de horas extra: seguirá al 200 % después de la hora 40, lo que encarece prolongar turnos.
Multas de hasta 5,000 UMAs para empleadores que incumplan la jornada.
Calendario de entrada en vigor
Septiembre 2025 — Recepción y discusión de la iniciativa.
Enero 2026 — Primera etapa: semana de 46 horas.
Enero 2028 — Segunda etapa: 44 horas.
Enero 2030 — Meta final: 40 horas semanales para todos los sectores.
¿A quién aplica?
Trabajadores del sector privado bajo la Ley Federal del Trabajo.
Contratos colectivos deberán renegociar calendarios y tabuladores.
Excepciones: personal de confianza, eventuales y ciertas industrias críticas podrán pactar regímenes especiales, siempre respetando descansos mínimos.
Cómo prepararse
Audita tus turnos: identifica áreas con sobretiempos regulares y reestructura plantillas antes de 2026.
Presupuesta incrementos: el costo hora subirá; ajusta precios o márgenes.
Actualiza sistemas de nómina para calcular horas extra y descansos conforme cambien los topes cada dos años.
Capacita a mandos medios en gestión de equipos más pequeños y rotación eficiente.
Preguntas frecuentes
¿Bajarán los sueldos al trabajar menos?
No. La reforma mantiene el principio de salario igual a trabajo equivalente; el ingreso base no puede reducirse.
¿Cómo afectará al outsourcing legal?
Las agencias deberán garantizar que su personal cumpla la nueva jornada; de lo contrario, la empresa contratante comparte responsabilidad solidaria.
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